Ciudad de México,
Paloma Takahashi
Crédito foto: comunicacionsocial.diputados.gob.mx
El 14 de septiembre de 2021, el Diario Oficial de la Federación (DOF), publicó la Ley Federal de Revocación de Mandato a la que se someterá el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador en marzo de 2022. Cabe destacar, la ley fue aprobada el 7 de septiembre de 2021 por la Cámara de Diputados y esta permitirá a los ciudadanos determinar por medio de una consulta popular, si AMLO continúa en la presidencia o debe dejar el puesto.
Por su parte, el Instituto Nacional Electoral (INE), determinó será responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la votación del sondeo popular en 2022. Asimismo, el Congreso de la Unión y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), también serán parte del proceso federal. Es importante mencionar, para que el proceso de revocación de mandato inicie, al menos el 3 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores correspondientes a mínimo 17 entidades federativas deben votar que se lleva a cabo.
Asimismo, la ley señala la revocación podrá solicitarse por una ocasión durante los tres meses posteriores al término del tercer año de la administración del presidente, en este caso AMLO. Por lo tanto, el DOF especifica, la petición se tendrá que interponer al INE durante el primer mes posterior al plazo determinado para hacer una recolección de firmas. Para ello, el INE será quien emitirá los formatos impresos y medios electrónicos para este propósito, así como las condiciones a reunir para que el ejercicio sea efectivo.
Es importante especificar, para que el formato sea válido deberá contener el nombre completo, la firma, la clave de elector o el número de identificador de la credencial de elector. De igual forma, incluirá un encabezado con la leyenda: "Formato para la obtención de firmas ciudadanas para la revocación del mandato de la persona titular de la Presidencia de la República por pérdida de la confianza". Finalmente el DOF puntualiza que en caso de presentarse un formato distinto al aprobado por el órgano elector, la solicitud será rechazada.
Para entender más a fondo el tema, acorde con el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), la revocación de mandato es cuando los ciudadanos deciden si un funcionario continúa ejerciendo su cargo. Recordemos, AMLO al asumir la presidencia en 2018 anunció que en 2022, se sometería a la opinión ciudadana para evaluar su administración.
A modo de contexto, en 2019, el Congreso mexicano aprobó una reforma constitucional mediante la cual se creó la figura de revocación de mandato del presidente de la República. Es importante agregar, la consulta se realizará mediante votación libre y para que el desarrollo sea válido deberá participar el 40% de los inscritos en la lista nominal de electores.
La revocación solo procederá por mayoría y el INE emitirá los resultados, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). En este caso, la Sala Superior realizará el cómputo final del proceso de revocación, una vez resueltas las impugnaciones, emitiría la declaratoria de revocación.
Desde que AMLO asumió la presidencia de México en 2018 dejó muy claro que en 2022 se sometería a una consulta ciudadana para cuestionar si deberá seguir en el poder. Para cumplir esto se llevó a cabo el proceso de aprobación de la Ley Federal de Revocación de Mandato, la cual ya está publicada en el DOF.