Piden revisión de iniciativa que permitiría a AMLO modificar Presupuesto de Egresos

 04-05-2020
Ali Figueroa
   
Portada | Actualidad
Foto: lopezobrador.org.mx

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El gobierno mexicano, a través del Ejecutivo Federal, mantiene su política de austeridad frente a una situación de emergencia que requiere medidas de respuesta a los efectos de la crisis económica y sanitaria suscitada por la pandemia de Covid-19 y los precios del crudo. El 23 de abril, publicado en el Diario Oficial de la Federación, se solicitó a la Cámara de Diputados una iniciativa para modificar el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), cuya normatividad estipula que en caso de emergencias económicas, la Secretaría tiene la facultad de gestionar y distribuir Presupuestos de Egresos, con objeto de mantener las acciones e iniciativas con mayor prioridad para la administración pública federal, fomentar la economía del país, resolver emergencias sanitarias e implementar programas de interés social.

De acuerdo con los especialistas del análisis económico ejecutivo emitido por el Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP), la iniciativa para cambiar el artículo 12 de la LFPRH no posee una constitucionalidad clara; ya que, según el artículo 126, cuyo señalamiento refiere al uso de la facultad de la Secretaría de Hacienda para distribuir los recursos, el requisito de ser aprobada depende de las Cámaras de diputados y senadores.

Actualmente, con base en el artículo 58, la LFPRH otorga diversas facultades al gobierno para ajustar los presupuestos de distintas áreas, con objeto de enfrentar emergencias; a partir de ello, el CEESP resalta que no existe una necesidad para modificar el artículo 21, en tanto el margen de efectividad de respuesta de las instituciones gubernamentales ya se encuentra disponible en otras iniciativas. En caso de ser aprobada, la iniciativa permitirá al Ejecutivo Federal asumir funciones del Poder Legislativo, de esta manera el Presidente tendrá la facultad de modificar el Presupuesto de Egresos sin restricciones, a partir de cualquier declaratoria de emergencia.

Las preocupaciones más importantes de los especialistas del CEESP son sobre el uso presupuestario, una posible emergencia declarada de manera arbitraria a partir de variaciones negativas en los indicadores económicos, como una reducción trimestral del 1% del Producto Interno Bruto (PIB), falta de temporalidad concreta para el periodo de emergencia, y la participación ambigua del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Como respuesta para esta problemática, el CEESP pide restringir la participación del gobierno al ajuste presupuestario solo en los casos ya estipulados y exógenos: circunstancias globales, desastres naturales, emergencias sanitarias, estado de excepción. Asimismo, considera más efectivo que la implementación de este tipo de iniciativas sea llevada a cabo por un consejo económico de emergencia, con la participación de un consejo fiscal independiente para gestionar recursos públicos y política fiscal. De esta manera, especialistas piden evaluar iniciativa para modificar el artículo 12 de la LFPRH.




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