SAT resolvió que el Pulque se salva del IEPS a bebidas alcohólicas

 21-11-2019
Emiliano Fuentes
   
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Foto: Internet

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Secretaría de Administración Tributaria (SAT), expuso a través de su página de internet que el Pulque queda libre del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) al ser un producto obtenido de la fermentación del aguamiel.

La dependencia federal expuso sus razones, e informó sobre la resolución, después de que un contribuyente lanzara por medio del sitio de internet del organismo, expusiera sus dudas al respecto, puesto que el usuario labora en la producción y envasado de aguamiel y pulque y vendió trece cajas de pulque de sabores variados el 3 de septiembre de este 2019.

A la duda por la venta de las 13 cajas de pulque, el SAT resolvió "No tiene obligación de retener, declarar ni pagar el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, ello en virtud de que por las características del producto se encuentra exento del pago", de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del IEPS" respondió el organismo federal.

Dicha ley del IEPS, establece que el aguamiel y los productos derivados de su fermentación "son exentos del pago del Impuesto", pese al grado de alcohol contenido en estos productos (pulque contiene cierto grado de alcohol, 4%).

Así, bajo dicha ley, también están exentos de pagar el impuesto, las personas que enajenan los siguientes productos:

- Comercializadores (no productores) del tabaco labrados, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros tabacos labrados.

- Aguamiel y derivados

- Bienes sujetos al régimen aduanero.

Tiene su fundamento en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), cuya estructura se conforma por siete capítulos y artículos transitorios. Esta Ley contempla en el Artículo 3° la definición de las diversas bebidas con contenido alcohólico y bebidas alcohólicas, de acuerdo con los siguientes parámetros: a) Bebidas Alcohólicas: Se consideran como bebidas alcohólicas a las bebidas que a temperatura de 15° centígrados tengan una graduación alcohólica de más de 3° Gay Lussac (G.L.) y hasta 55° G.L., incluyendo el aguardiente y los concentrados de bebidas alcohólicas, aun cuando tengan una graduación alcohólica mayor.

IEPS es un impuesto indirecto cobrado sobre los productos y servicios que generan un costo elevado para la sociedad, o cuyos efectos son nocivos a la salud y, por tanto, se busca reducir su consumo. Este impuesto sirve como herramienta de disuasión para los consumidores, principalmente por las altas tasas impositivas, que elevan sustancialmente su precio.

El cobro vigente en 2019, esta graduación alcohólica de hasta 14º GL: 26.5%, del 30% en las graduaciones de 14º y hasta 20º GL: 30% y del 53% en las graduaciones mayores de 20 GL.

Así el Pulque no podrá ser gravado con el impuesto especial debido a que su proceso de elaboración tiene como elemento principal el aguamiel.




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