
Foto: Gobierno de México
El Gobierno de México anunció nuevas regulaciones para el transporte y distribución de gas licuado de petróleo (gas LP), mediante dos normas emergentes que serán publicadas el 3 de octubre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación. Estas disposiciones introducen requisitos técnicos, operativos y de supervisión obligatorios para todas las unidades del sector energético.
Durante la conferencia matutina del 2 de octubre, la secretaria de Energía, Luz Elena González, detalló los alcances de estas medidas. El objetivo es reforzar la seguridad industrial y operativa en el manejo de combustibles. Entre los elementos clave figura la obligación de comprobar el mantenimiento de las unidades ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA). "Será obligatorio presentar ante la Agencia la comprobación del cumplimiento de estos programas de mantenimiento a las unidades a través de un dictamen", precisó.
La regulación también introduce pruebas técnicas para verificar las condiciones de los contenedores utilizados en las rutas de transporte y distribución. Se incorporan inspecciones visuales internas y externas, así como pruebas de presión hidrostática, las cuales deberán realizarse de forma periódica. Este tipo de verificación, hasta ahora reservada para casos excepcionales, se implementará en todos los vehículos regulados.
En materia de formación profesional, las autoridades establecieron un nuevo estándar obligatorio para las compañías. González explicó: "Se obliga a que esta capacitación sea forzosamente técnica y práctica y se acredite a través de un estándar de competencia específico tanto para la actividad de transporte como para la actividad de distribución de gas LP". Este programa será avalado por el Consejo Nacional de Normalización y se impartirá en colaboración con instancias del sector educativo.
Adicionalmente, los vehículos deberán contar con dispositivos de control de velocidad —conocidos como gobernadores— y sistemas de posicionamiento satelital (GPS). Ambos instrumentos serán monitoreados por un centro de vigilancia a cargo de la Secretaría de Energía. En palabras de la presidenta Claudia Sheinbaum durante la conferencia: "Todos los vehículos que transporten gas LP tienen que tener un gobernador de velocidad y un GPS".
Las nuevas normas emergentes establecen distintos plazos obligatorios para su cumplimiento en etapas. Las unidades destinadas al transporte tendrán cuatro meses para adecuarse a las medidas. En el caso de los vehículos de distribución con capacidad mayor a cinco mil litros y más de diez años de antigüedad, se aplicará el mismo plazo. Las demás unidades dispondrán de seis meses.
Igualmente, las instituciones responsables —Secretaría de Energía, Secretaría de Infraestructura, Comisión Nacional de Energía y ASEA— implementarán un programa de inspecciones conjuntas. Estas verificaciones incluirán condiciones físicas de las unidades, vigencia de permisos, estado de los elementos de seguridad y pruebas técnicas requeridas. La información será integrada en una Cédula Única compartida entre las dependencias.
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