Cambios en contratos, beneficios sociales, jornadas y despidos figuran entre los ejes de la reforma laboral que impulsa el oficialismo
Con el retorno del debate parlamentario sobre el trabajo registrado, el oficialismo impulsa un proyecto legislativo destinado a reconfigurar el régimen laboral vigente. La propuesta, ingresada al Congreso por la diputada Romina Diez bajo el nombre de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, introduce modificaciones estructurales al sistema normativo. El documento cuenta con el respaldo de un grupo de legisladores de distintos bloques.
Presentado originalmente a fines de 2024, el texto plantea reformas en contratos, recibos, indemnizaciones, beneficios sociales, licencias, vacaciones y convenios colectivos. Entre sus fundamentos figura la necesidad de adecuar la legislación a nuevas dinámicas productivas y de estimular la contratación formal.
Una de las modificaciones más relevantes reside en la facultad del empleador para alterar modalidades laborales sin acuerdo previo, siempre que no afecten derechos esenciales. Según el artículo 66, se admitirán cambios en las formas de prestación mientras no resulten irrazonables ni provoquen perjuicio material o moral al empleado.
También se incorporan precisiones sobre sanciones disciplinarias. El artículo 67 establece un plazo de treinta días corridos para impugnar medidas notificadas por la empresa. Una vez vencido ese período, se entenderá que la sanción fue aceptada por el trabajador.
Por otro lado, se redefine el concepto de beneficios sociales. La provisión de almuerzos, útiles escolares, acceso a internet o servicios de telefonía para la familia dejará de integrar la remuneración, salvo disposición contraria. Esta modificación figura en el artículo 103 bis, donde se detallan expresamente las prestaciones alcanzadas.
Igualmente, en materia de pagos, el texto autoriza el uso de efectivo, cheques o acreditaciones bancarias. Asimismo, permite la emisión electrónica de recibos con información detallada sobre empleador, conceptos liquidados y deducciones. Estas disposiciones se encuentran en los artículos 124 y 140.
Respecto a las vacaciones, el artículo 154 indica que podrán otorgarse en cualquier momento del año y fraccionarse en lapsos no menores a una semana. Además, los empleados vinculados por matrimonio o unión familiar podrán solicitarlas de manera simultánea, si ambos trabajan para el mismo empleador.
El proyecto también aborda las licencias por enfermedad. Se mantienen los plazos de tres o seis meses de remuneración, según antigüedad, con extensiones en casos de trabajadores con cargas familiares. Si tras ese período el empleado no puede reincorporarse, el puesto deberá conservarse durante un año adicional. Pasado ese plazo, cualquiera de las partes podrá finalizar el vínculo sin obligación de indemnizar.
Además, en el ámbito judicial, se propone limitar los intereses en créditos laborales, estableciendo un máximo equivalente a la suma actualizada por el Índice de Precios al Consumidor más una tasa pura del tres por ciento anual. Asimismo, las micro, pequeñas y medianas empresas (pymes) tendrían la posibilidad de pagar sentencias o indemnizaciones en hasta doce cuotas mensuales.
En relación a la contratación, el artículo 21 prevé un sistema de bonos fiscales por nuevas incorporaciones laborales. Los porcentajes varían según el tamaño de la empresa y alcanzan hasta el cien por ciento de las contribuciones patronales durante doce meses. El beneficio aplicaría únicamente si se incrementa la nómina y se contrata a personas sin empleo registrado durante los tres meses previos.
Finalmente, el proyecto ingresó al Congreso con las firmas de diecisiete legisladores, entre ellos Lorena Villaverde, Mercedes Llano, Lilia Lemoine, Carlos Zapata y Facundo Correa Llano. Su tratamiento legislativo definirá el alcance de estas propuestas en el sistema laboral argentino y el impacto de la reforma laboral en la contratación formal y las indemnizaciones del país.