El calendario quedó definido: líneas móviles sin identificación perderán servicio regular en 2026, un cambio que afectará a millones de usuarios activos
México avanzará durante 2026 hacia la cancelación operativa de líneas móviles sin identificación oficial, anunció la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). La mediante entrará en vigor mediante el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, un padrón obligatorio orientado a vincular cada número activo con una identidad verificable.
Autoridades federales establecieron un periodo de registro del 9 de enero al 29 de junio de 2026, lapso destinado a incorporar más de 158 millones de líneas móviles activas en territorio nacional. La CRT ejercerá supervisión, emisión de lineamientos y vigilancia del cumplimiento normativo.
Igualmente, el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de diciembre de 2025 sustenta jurídicamente la medida y asigna facultades regulatorias a la CRT, organismo creado tras la reasignación institucional del sector de telecomunicaciones. Dicho marco normativo fija obligaciones operativas para concesionarios y usuarios.
"Las presentes disposiciones administrativas de carácter general tienen por objeto establecer los procedimientos y requisitos para asociar Líneas Telefónicas Móviles con sus Titulares, y en su caso, Usuarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y 164, fracción III de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Sus disposiciones son de observancia obligatoria para los Concesionarios y Comercializadoras que prestan el Servicio de Telefonía Móvil", señaló el DOF.
Los registros gubernamentales documentan uso recurrente de líneas anónimas dentro de esquemas de extorsión telefónica, fraude bancario y suplantación de identidad. Informes oficiales también refieren actividad telefónica irregular originada en centros penitenciarios, elemento incorporado al diseño del control obligatorio.
Entre los requisitos se incluye el CURP junto con la identificación oficial vigente, entre credencial electoral o pasaporte. La disposición fija un límite máximo de diez líneas por persona física, con el objetivo de reducir concentración irregular de números móviles.
Asimismo, operadores con mayor participación de mercado deberán ejecutar el proceso de registro, entre ellos América Móvil (Telcel), AT&T y Telefónica Movistar, además de proveedores adicionales tales como Bait, Virgin, Unefon y Pillofon. Cada empresa definirá mecanismos operativos alineados con los lineamientos regulatorios.
Las modalidades alcanzadas abarcan esquemas de prepago y pospago, tarjetas SIM físicas y eSIM integradas en teléfonos, relojes inteligentes u otros dispositivos. El requisito aplicará a números adquiridos fuera del país cuando mantengan operación comercial dentro de México.
El incumplimiento del registro provocará suspensión del servicio regular a partir del 30 de junio de 2026. Durante dicha condición, las líneas afectadas permitirán únicamente llamadas de emergencia al 911 hasta completar la validación correspondiente.
Por su parte, las empresas usuarias deberán presentar documentación adicional durante el trámite, incluido el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), junto con requisitos definidos por cada operador. El procedimiento avanzará directamente con la compañía prestadora del servicio contratado.
El marco regulatorio vigente incorpora obligaciones específicas para concesionarios en materia de protección de datos personales, resguardo, actualización y verificación permanente de información. Dichos estándares, establecidos por la legislación mexicana, resultarán indispensable para conservar autorizaciones operativas dentro del nuevo esquema de control nacional de telefonía móvil.