El Gobierno activa estado de emergencia en ocho departamentos por 30 días

Decreto 0150 activa facultades excepcionales por 30 días ante crisis hidrometeorológica

Gobierno declara emergencia económica en ocho departamentos tras lluvias que dejaron 252.000 personas afectadas y 69.000 familias damnificadas

El Gobierno colombiano declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en ocho departamentos del país, tras el impacto de un evento climático catalogado como hidrometeorológico extremo. La medida fue oficializada mediante el Decreto 0150 del 11 de febrero de 2026 y tendrá una vigencia de 30 días calendario.

Según el documento firmado por el presidente Gustavo Petro, el estado de emergencia aplicará en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. El decreto faculta al Ejecutivo para adoptar medidas tributarias, presupuestales y administrativas temporales, en atención a los daños registrados entre el 1 y el 6 de febrero.

Durante ese periodo, se produjo un fenómeno climático calificado como atípico por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) y la Dirección General Marítima (Dimar). El evento estuvo asociado al desplazamiento anómalo de un frente frío hacia el Caribe colombiano, alterando los patrones atmosféricos históricos. Las consecuencias incluyeron un incremento inusual en la velocidad del viento, oleajes superiores a los niveles climatológicos normales, lluvias intensas, mar de leva y eventos extremos simultáneos.

En algunas zonas del Caribe, los acumulados de precipitación superaron entre el 130% y más del 180% del promedio mensual histórico, con volúmenes de lluvia registrados en pocos días equivalentes al total de un mes completo.

De acuerdo con el balance de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), se reportaron 65 emergencias, 61 municipios afectados, más de 69 mil familias damnificadas, alrededor de 252 mil personas impactadas y 10 fallecidos. Las afectaciones incluyeron inundaciones, movimientos en masa, daños en vías, puentes, acueductos, viviendas, centros de salud, escuelas y áreas productivas.

La declaración de emergencia permitirá al Gobierno emitir decretos legislativos y realizar operaciones presupuestales necesarias para mitigar la crisis. El artículo 215 de la Constitución autoriza esta figura cuando ocurren hechos que perturban gravemente el orden económico, social o ecológico, o en casos de calamidad pública.

En la presentación del decreto, el presidente Petro explicó que la Corte Constitucional había suspendido previamente otro decreto de emergencia, lo cual limitó temporalmente el uso de instrumentos fiscales. En ese sentido, afirmó: "¿De dónde vamos a sacar la plata? (…) no puede salir sino de los ricos (…) entonces ahí verá la Corte Constitucional si vuelve a tumbar el decreto".

Por su parte, el ministro de Hacienda, Germán Ávila, anticipó que una de las medidas contempladas podría incluir un impuesto extraordinario al patrimonio empresarial. Las tarifas propuestas serían de 0,6% y 1,2% para empresas con patrimonios superiores a $10.000 millones y $30.000 millones, respectivamente.

Esta es la cuarta vez que el actual Gobierno activa esta figura constitucional. En cumplimiento de la ley estatutaria de los estados de excepción, se convocará al Congreso de la República para ejercer control político sobre las medidas adoptadas.