Ciudad de México,
Juan Manuel Flores
Crédito foto: Sergio F Cara (NotiPress/Composición)
El ministro de Justicia, Nestor Osuna firmó el documento de aprobación de la ley No. 2356, la cual ya es conocida por los medios colombianos como "Ley Osuna". El 31 de mayo, el resto de ministros y el presidente Gustavo Petro sancionaron dicha ley firmada el 29 de mayo, por lo cual esta ha sido aprobada de manera oficial.
Según describe el ministro, por medio de esta ley se eliminan beneficios y subrogados penales para quienes sean condenados o estén cumpliendo detención preventiva por delito de feminicidio. Si bien, estos ya estaban severamente restringidos, con el nuevo articulado se retirarán por completo.
Así, el articulado elimina beneficios como la suspensión condicional de la ejecución de pena y el arresto domiciliario, aun si ya se cumplió la mitad de la condena. De modo que esta norma será aplicable a quienes ya fueron condenados o se encuentran en detención preventiva.
Osuna afirmó en entrevista para medios locales, que esta ley tiene como objetivo garantizar que los protocolos de seguridad relacionados con los delitos de feminicidio se cumplan en su totalidad. Así, los beneficios de prisión domiciliaria, suspensión condicional de pena y demás beneficios judiciales y administrativos serán eliminados en todas las instalaciones penitenciarias del país.
La aprobación de dicha ley adquiere gran relevancia en un contexto marcado por el incremento de feminicidios en Colombia. De a cuerdo con la Margarita Cabello, titular de la Procuraduría General de la Nación, en 2024 se han registrado 90 feminicidios. De igual forma, se ha identificado que en más de 61 de los 90 casos reportados en el año, las parejas de las víctimas fueron responsables del asesinato. Adicionalmente, los reportes de violencia por motivo de género presentaron un aumento sin precedente. Al acumularse más de 1,310 casos en los primeros dos meses del año, de los cual es 59 fueron intentos de feminicidio.