Bogotá,
Martín Olivera
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El Gobierno colombiano emitió el decreto 1486, firmado por el presidente Gustavo Petro y expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para regular las rifas en Colombia. Según el documento, estas nuevas medidas buscan organizar el sector, fortalecer los controles y aumentar los recursos destinados a la salud pública.
Contempla la modernización del sector mediante la incorporación de Generadores Aleatorios de Números (GNA), sistemas tecnológicos que, de acuerdo con el texto, "deben ser estadísticamente independientes, impredecibles y cumplir con las exigencias establecidas por la autoridad competente en los requerimientos técnicos de operación del juego".
Las personas naturales o jurídicas, denominadas gestores, podrán realizar hasta dos rifas mensuales, acumulando un total de 24 al año, contando con la autorización previa de Coljuegos. También se aclara que los concesionarios de apuestas permanentes y las entidades que operen loterías tradicionales están habilitados para participar bajo estas condiciones.
Se establece que los gestores deberán pagar un derecho de explotación correspondiente al 14 % de los ingresos brutos obtenidos, calculados con base en el valor total de las boletas emitidas. Este porcentaje será destinado al sistema de salud, siguiendo lo estipulado en el artículo 336 de la Constitución Política de Colombia, la cual señala que las rentas derivadas de monopolios de suerte y azar deben estar dirigidas exclusivamente a este propósito.
En 2024, las transferencias provenientes de juegos de suerte y azar alcanzaron 1 billón de pesos, según cifras oficiales. El Gobierno estima que la aplicación del Decreto 1486 permitirá generar 70.000 millones adicionales anuales para el sistema de salud. Las rifas, consideradas una de las formas más populares de juego en Colombia, son utilizadas en ciudades y municipios del país con fines específicos, principalmente para recaudar recursos en actividades comunitarias o sociales.
Además, la normativa señala que las medidas establecidas buscan combatir la informalidad en este sector, promoviendo un mayor control sobre las rifas y adaptando estas actividades a las tendencias tecnológicas actuales.
El Decreto detalla aspectos técnicos del uso de Generadores Aleatorios de Números, considerados esenciales para garantizar la independencia y transparencia en los sorteos. Estas herramientas deben cumplir con los requisitos establecidos por Coljuegos para asegurar su correcta operación.
Asimismo, esta resolución resalta que la autorización para realizar rifas solo será válida si se cumple con los parámetros definidos en la normativa. Entre estos requisitos se encuentra el pago del derecho de explotación antes mencionado y la presentación de los documentos necesarios ante las autoridades competentes.