
Foto: Presidencia Colombia
El Ministerio de Transporte de Colombia expidió una resolución que impide a los vehículos utilizados para fotomultas imponer comparendos sin la presencia de un agente de tránsito en el lugar de la infracción. La medida, emitida a pedido del presidente Abelardo De La Espriella, comenzó a operar de inmediato, según explicó la ministra de Transporte, Elsa Noguera.
La nueva regulación establece que el agente debe estar presente y visible, identificarse, operar el dispositivo y expedir el comparendo directamente en el sitio donde se detecte la infracción por exceso de velocidad. De esta manera, los vehículos que realizan estos controles no podrán imponer citación por infracción de tránsito mediante el dispositivo sin la intervención de la autoridad de tránsito.
Para las cámaras que funcionen de manera autónoma, sin un agente presente, se establecen condiciones diferentes. Noguera indicó que deberán contar con autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y cumplir los requisitos correspondientes a una cámara de fotodetección, incluida la señalización visible en la vía.
Por su parte, la ministra sostuvo que la regulación apunta a controlar el exceso de fotomultas y evitar que estos mecanismos se utilicen con fines principalmente recaudatorios. Según explicó, originalmente fueron concebidos como una herramienta para salvar vidas mediante el control de la velocidad.
"Estos carros se escondían para detectar infracciones, pero no ayudaban a que los conductores redujeran la velocidad. Eso no salva vidas: solo busca recaudar", afirmó Noguera al referirse a los llamados cazafotomultas.
El cumplimiento de las nuevas disposiciones quedará bajo vigilancia de la Superintendencia de Transporte. De acuerdo con la ministra, esta entidad supervisará que las autoridades de tránsito respeten las reglas establecidas y evitará que continúe la proliferación de vehículos que operen bajo esos esquemas.
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