
Foto: Sergio F Cara (NotiPress)
La Suprema Corte de Justicia de México resolvió suspender actividades vinculadas al uso de símbolos mayas por parte del parque Xcaret, tras una controversia sobre quién tiene la representación legítima de esa comunidad indígena. La decisión se originó a partir de una denuncia presentada por cuatro personas que se identificaron como integrantes del pueblo maya.
De acuerdo a información a la que tuvo acceso NotiPress, durante la discusión del caso, el máximo tribunal determinó por mayoría que el denominado Gran Pueblo Maya no tiene facultad para autorizar el uso de estos símbolos en actividades comerciales. Con ello, los ministros concluyeron que debía impedirse la continuidad de dichas prácticas por parte de la empresa turística.
Para el máximo tribunal, el decreto de 1994 se mantiene firme al declarar como Área Natural Protegida a la región conocida como Yum Balam en el estado de Quinana Roo. El incidente se originó tras las denuncias de varios ejidos ya que consideraron que se transgredió el derecho de propiedad agrícola. Según el fallo de la Suprema Corte, la propiedad de las tierras corresponde a la Nación, por tanto, es quien tiene la facultad de imponer modalidades a lo privado y social según el interés público.
En contraste, la ministra Yasmín Esquivel votó en contra del proyecto al considerar que la resolución desconoce la representación del Gran Consejo Maya, órgano reconocido en leyes de protección indígena desde 1998. Según su postura, esta instancia sí cuenta con legitimidad para establecer acuerdos en nombre de las comunidades involucradas.
Asimismo, Esquivel advirtió que la Corte recibió un escrito respaldado por 209 firmas de autoridades locales, entre ellas comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados, jueces tradicionales y cooperativas turísticas. En ese documento, los firmantes solicitaron reconocer al Gran Consejo Maya como su órgano representativo conforme a sus usos y costumbres.
De acuerdo con lo expuesto por la ministra, los firmantes también respaldaron el acuerdo comercial entre Xcaret y esa comunidad, al considerarlo parte de su sustento económico. Este elemento formó parte de los argumentos presentados en contra de la suspensión de actividades.
Así, la resolución abre un nuevo frente en la discusión sobre derechos colectivos, representación indígena y uso de elementos culturales en actividades comerciales, en un contexto donde distintas comunidades buscan mayor control sobre su patrimonio simbólico.
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