Sábado, 02 de mayo de 2026

Hacienda publica listado de empresas presuntamente fantasma

SHCP dufundió nombre de empresas que emitieron facturas sin comprobar su actividad

Ciudad de México, 27-01-2020   Sergio F Cara

Crédito foto: Twitter @Hacienda_Mexico

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer el 27 de enero de 2020, una lista de 73 empresas que presuntamente no pudieron comprobar su actvidad, pero facturaban. El organismo informó, estas empresas no tienen activos de infraestructura ni personal. Por ello, se consideran en el supuesto previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Asimismo, la administración de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) ha sido tajante contra las empesas denominadas 'fantasma' o 'factureras'. El fisco mexicano tiene como meta erradicar prácticas fraudulentas que dañan el aparato gubernamental.

Una vez recibida la notificación, estas 73 empresas tienen un tiempo natural de 15 días hábiles para justificar mediante evidencia su capacidad de operación y deslindarse de la presunción. Entre otras cosas, las empresas señaladas tendrán la obligación de explicar su capacidad material para prestar servicios o producirlos, como también su comercialización y entrega de los bienes amparados por los comprobantes.

También el 27 de enero, la SHCP publicó una lista de empresas ya notificadas por presuntamente considerarlas 'fantasmas'. En este caso, las empresas promovieron medios de defensa contra oficios de la administración.

Estas acciones responden al aval en octubre de 2019, cuando la Cámara de Diputados aprobó en lo general un dictamen en el combate a la defraudación fiscal, facturación falsa y empresas fantasma, conocidas también como factureras.

Tendrán que hacer un descargo las empresas a fin de demostrar a Hacienda su inocencia y liberarse de la presunción de empresas fantasma. Para ello, deberán justificar cómo hacen frente a las operaciones, cuando no cuentas con personal, activos de infraestructura ni capacidad de comercialización al emitir comprobantes fiscales por sus productos y servicios. Para ello, contarán con 15 días hábiles y así justificarse.

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