
Foto: Sergio F Cara (NotiPress/Composición)
El Gobierno de Argentina modificó la Ley 26.743 de Identidad de Género para restringir el acceso a tratamientos hormonales e intervenciones quirúrgicas de reasignación de sexo en menores de 18 años. Con esta reforma, se sustituye el artículo 11 de la normativa, estableciendo que solo las personas mayores de edad podrán acceder a estos procedimientos. Sin embargo, las prestaciones seguirán estando incluidas dentro del Plan Médico Obligatorio (PMO).
La decisión se fundamenta en lo establecido en el artículo 9° de la Ley 26.061. Esta ley reconoce a niños y adolescentes como personas en desarrollo con derecho a su integridad física, psíquica y moral. Además, la medida se respalda en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual tiene jerarquía constitucional. También señala que, debido a su falta de madurez física y mental, los menores requieren protección especial, incluida la legal.
Un informe técnico de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental evaluó la evidencia disponible sobre los tratamientos de hormonización. Dicho análisis concluyó sobre la existencia de incertidumbres respecto a sus efectos a largo plazo en menores de edad. Según el documento, "siendo que las intervenciones o tratamientos sobre el propio cuerpo revisten una gran importancia, no es conveniente que los efectúen menores de dieciocho años ya que aún no completaron su madurez neurobiológica y psíquica para comprender en su total magnitud la decisión".
Desde el Gobierno sostienen que la reforma busca garantizar la protección de los niños y adolescentes frente a intervenciones las cuales podrían representar un riesgo para su integridad física y mental. En este sentido, se enfatiza que las prácticas habilitadas previamente en el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género podrían generar efectos irreversibles en los menores.
Acceso y financiamiento de los tratamientos para mayores de edad
A pesar de las modificaciones, las prestaciones incluidas en la Ley de Identidad de Género seguirán siendo parte del Plan Médico Obligatorio. Esto significa que los tratamientos hormonales y las cirugías de reasignación de sexo deberán ser garantizados de manera permanente por el sistema público de salud, los prestadores privados y las obras sociales, de acuerdo con la reglamentación vigente.
Para acceder a los tratamientos hormonales o a cirugías de reasignación genital, las personas mayores de 18 años solo deberán otorgar su consentimiento informado. No se requerirá ninguna otra acreditación para proceder con la intervención quirúrgica, ya sea total o parcial.
El Gobierno enfatizó que la medida no implica la eliminación de los derechos contemplados en la Ley de Identidad de Género. Buscan garantizar que los tratamientos sean realizados únicamente en personas con plena capacidad de decisión.
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