
Foto: Fundacion Greenpeace
Tras una intervención ambiental realizada en el Congreso Nacional de Argentina, 12 integrantes de Greenpeace quedaron procesados por dos delitos. El episodio ocurrió el 26 de febrero, cuando los manifestantes treparon rejas cerradas con candados e ingresaron a un sector restringido.
Dentro del perímetro, colocaron inodoros de plástico sobre las escalinatas y desplegaron pancartas vinculadas con su reclamo ambiental. La puesta en escena buscó reforzar su rechazo a posibles cambios en la norma que protege glaciares y ambientes periglaciares.
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi los procesó por violación de domicilio y desobediencia a un funcionario público. Ninguno quedó detenido preventivamente, aunque cada imputado recibió un embargo de dos millones de pesos argentinos sobre sus bienes.
Qué reclamaban y por qué Greenpeace intervino
Los activistas sostuvieron que la acción formaba parte de una campaña institucional para proteger glaciares y ambientes periglaciares. Su reclamo apuntaba contra una eventual modificación de la legislación argentina que regula la preservación de esas áreas ambientales.
Por el alcance internacional de Greenpeace, la protesta proyectó una discusión local sobre protección ambiental hacia una organización reconocida por campañas en distintos países. Esa dimensión vuelve especialmente visible un conflicto que combina legislación ambiental, acción directa y límites legales aplicados dentro de una sede parlamentaria.
La defensa sostuvo que se trató de una manifestación pacífica y no violenta, sin daños materiales ni ocupación permanente. También argumentó que la intervención fue realizada durante un horario de poca circulación para evitar interferencias con el funcionamiento habitual del Congreso.
Martínez De Giorgi rechazó que esas circunstancias eliminaran la posible responsabilidad penal derivada del ingreso al sector restringido. Para el magistrado, la cuestión principal no fue el contenido del reclamo, sino la decisión de superar barreras que impedían el acceso.
Cómo está la causa y qué resolvió el juez
El fallo consideró que las rejas cerradas con candados y el dispositivo policial expresaban una prohibición clara de ingreso. Bajo ese criterio, trepar el vallado e ingresar al perímetro constituyó un incumplimiento deliberado de la restricción impuesta en ese espacio.
Para el magistrado, los derechos de expresión, reunión y protesta tienen protección constitucional, aunque no poseen carácter absoluto. Según su resolución, esas garantías no habilitan el acceso sin autorización a sectores expresamente excluidos de la circulación pública.
Los acusados continuarán el proceso en libertad porque tienen arraigo, respondieron a las citaciones judiciales y no presentan riesgos procesales señalados. La resolución descartó, por ahora, peligro de fuga o maniobras destinadas a entorpecer el avance de la investigación.
Mientras avanza el proceso, la investigación busca establecer la responsabilidad penal por el acceso al sector restringido y la presunta desobediencia. Mientras continúa el expediente, la defensa mantiene su planteo de que la acción estuvo amparada por derechos de protesta y expresión.
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