Sábado, 28 de febrero de 2026

Reforma laboral es ley en Argentina: nuevas reglas para licencias, despidos y huelgas

Con 42 votos afirmativos, el Congreso aprobó una reforma que redefine el vínculo laboral privado

Ciudad de Buenos Aires, 27-02-2026   Martín Olivera

Crédito foto: x @JMilei

El Congreso de Argentina aprobó una reforma laboral que modifica de forma sustancial las condiciones legales para empleadores y trabajadores del sector privado. La Cámara de Senadores sancionó la norma el viernes 27 de febrero, con 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones, tras aceptar los cambios introducidos por Diputados y cerrar así el trámite parlamentario en las sesiones extraordinarias.

Dentro de los puntos más destacados de la ley se encuentra la eliminación del artículo que reducía el pago de licencias médicas. El texto original contemplaba una baja del salario al 50% o 75%, según el origen del accidente o enfermedad, pero fue eliminado por la Cámara baja ante el rechazo de bloques aliados al oficialismo. Con la aceptación de esa modificación, el Senado puso fin al debate sin nuevos ajustes.

Además, la reforma redefine el régimen de indemnizaciones por despido sin causa. Se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año trabajado, pero se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como aguinaldo o premios extraordinarios. El monto a pagar no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio colectivo correspondiente y deberá respetar un mínimo del 67% del sueldo mensual habitual. La norma habilita el pago en cuotas: hasta seis para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), ajustadas por inflación más un 3% anual.

En materia de licencias y vacaciones, la ley permite el fraccionamiento del descanso anual en tramos no menores a siete días corridos. Se establece como período general el comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque empleadores y trabajadores podrán acordar fechas distintas. La notificación debe realizarse con al menos 30 días de antelación, salvo que el convenio colectivo establezca otra condición.

La nueva legislación establece límites específicos al derecho a huelga en sectores estratégicos. En servicios esenciales, como salud o educación, deberá garantizarse un funcionamiento del 75%, mientras que en los trascendentales, como transporte o energía, se exigirá un 50%. Asimismo, las asambleas laborales necesitarán autorización previa del empleador para realizarse en el lugar de trabajo.

Uno de los cambios estructurales introducidos es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que asistirá a las empresas en el pago de indemnizaciones. Las grandes empresas deberán aportar un 1% de las remuneraciones brutas, mientras que las MiPyMEs aportarán un 2,5%. Estos fondos se constituirán como contribuciones obligatorias y reemplazarán parcialmente el sistema tradicional de indemnización.

También se incorpora la figura del repartidor independiente, que reconoce la posibilidad de establecer vínculos no laborales entre trabajadores de plataformas y empresas, mediante contratos de prestación de servicios autónomos.

Al finalizar la sesión, el presidente Javier Milei celebró la sanción legislativa desde su cuenta oficial en la red X con el mensaje: "HISTÓRICO. Tenemos modernización laboral. VLLC!". Minutos más tarde, felicitó a los senadores que apoyaron la ley con una fotografía del bloque oficialista tras la votación.

La promulgación oficial se realizará en los próximos días a través del Boletín Oficial, lo que dará inicio a la aplicación del nuevo marco normativo que regirá el trabajo privado en Argentina.

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