Tras 18 años sin justicia, México acatará medidas de la Corte IDH por el caso Ascencio Rosario; Sheinbaum anuncia cumplimiento para hijos y familia
A partir de la notificación oficial emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 16 de diciembre de 2025, el Estado mexicano iniciará el cumplimiento de las medidas ordenadas en la sentencia del caso Ernestina Ascencio Rosario y otros vs. México. La resolución declara la responsabilidad internacional por hechos ocurridos el 25 de febrero de 2007, en la comunidad de Tetlalpa, municipio de Soledad Atzompa, Veracruz.
Durante la conferencia matutina del 17 de diciembre, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, se pronunció públicamente respecto al fallo. Confirmó que su administración cumplirá todas las disposiciones indicadas por el tribunal internacional en la sentencia. Indicó además que dos integrantes de su gabinete federal serán responsables de exponer públicamente los detalles del plan de ejecución dirigido a los familiares directos.
"Muy específicas las acciones que tiene que desarrollar el Estado mexicano y las vamos a cumplir", declaró Sheinbaum desde Palacio Nacional. Agregó: "Vamos a pedirle a Rosa Icela Rodríguez [secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana federal] y a Arturo Medina [subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración] que puedan venir para poder explicar cada una de las acciones que vienen determinadas".
Ernestina Ascencio Rosario era una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años de edad. Fue localizada con lesiones graves, indicios de violencia sexual y en estado crítico. Horas después falleció en un hospital cercano. La CIDH en un comunicado oficial que existieron múltiples violaciones a derechos humanos, entre ellas la omisión de atención médica oportuna y adecuada, así como actos de tortura.
La resolución también establece que las autoridades nacionales no realizaron una investigación con debida diligencia reforzada. Las actuaciones institucionales archivaron el caso sin identificar a los responsables.
El fallo indica que los hijos e hijas de la señora Ascencio Rosario enfrentaron discriminación, falta de acceso a intérpretes y obstáculos de carácter estructural. De acuerdo con el tribunal, estas condiciones impidieron un acceso pleno a la justicia en condiciones de igualdad durante más de 18 años.
"El Tribunal constató que la señora Ernestina (...) fue violada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007. El día anterior a los hechos, un campamento militar había sido instalado en cercanías de la vivienda de la señora Ernestina, como parte de la estrategia de lucha contra el narcotráfico desarrollada por el Estado desde 2006", indica el texto.
Igualmente, las medidas ordenadas incluyen: reapertura de investigaciones penales, atención médica y psicológica especializada, implementación de protocolos con enfoque intercultural, y un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional. También se instruyó la creación de un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas.
Las violaciones se vinculan con derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incluidos los artículos 4 (vida), 5 (integridad), 8 (garantías judiciales), 11 (honra), 24 (igualdad), 25 (protección judicial) y 26 (desarrollo progresivo).
Además, la CIDH supervisará el cumplimiento de cada medida dentro de los plazos establecidos. El Estado mexicano deberá presentar informes periódicos sobre los avances registrados y garantizar mecanismos de seguimiento accesibles para los familiares de la víctima.