España regulará la publicidad de influencers sobre criptomonedas

Campañas dirigidas a audiencias mayores de cien mil personas deberán ser reportadas ante la autoridad bancaria

Influencers de España deberán hacer explícitos los riesgos financieros, legales y tecnológicos de la inversión en criptomonedas cuando realicen publicidad

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de España emitió nuevas normas en torno al contenido publicitario sobre criptoactivos como las criptomonedas Bitcoin, Ethereum, Solana, entre otros. Ello, con el objetivo de garantizar que el público reciba mensajes publicitarios con información veraz e imparcial en torno a estos objetos de inversión. La circular emitida por la CNMV está dirigida tanto a proveedores de servicios de gestión y venta de criptomonedas, así como a cualquier organización o influencers, que publiciten dichos recursos por cuenta propia.

Según detallan estos nuevos lineamientos, se impone la obligación de brindar "información sobre los riesgos del producto de manera fácilmente legible y perceptible". Ello, considerando principalmente la volatilidad asociada al valor de las criptomonedas, activos digitales no sujetos a regulación de una autoridad bancaria central que estabilice su precio. Tan solo durante el año 2021, el valor de Bitcoin osciló entre un mínimo de 28 mil 801 dólares y un máximo de 68 mil 990 dólares, de acuerdo con información de CoinDesk.

De acuerdo con un Boletín Oficial del Estado publicado el 17 de enero 2022, se reconocen también riesgos asociados a la tecnología y la legalidad de las criptomonedas. Sobre la tecnología, alertan sobre la falta de maduración de la tecnología blockchain; así como el anonimato inherente a estas transacciones, lo que facilita las operaciones de ciberdelincuentes. Entre los riesgos legales, se encuentra el hecho de que no existe la obligación de aceptar los criptoactivos como medio de pago y la dificultad de resolver conflictos cuando se recurren a proveedores de servicios fuera de suelo español.

Por otra parte, aquellas campañas de publicidad dirigidas a audiencias mayores a cien mil personas deberán ser comunicadas a la CNMV con al menos 10 días de antelación. Si bien, las campañas de menor alcance no requieren autorización previa, de igual manera serán objeto de monitoreo por parte de la autoridad financiera. Específicamente, cualquier campaña deberá incluir la siguiente advertencia consignada por la autoridad financiera española: "La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido".

En caso de incumplimiento por parte de medios o influencers, la CNMV se otorga el derecho de solicitar el cese o rectificación de los contenidos publicitarios. Quedarán a su vez exentas de esta regulación aquellas campañas en torno a criptoactivos que funjan como instrumentos financieros y no como un objeto de inversión. Tal es el caso de los utility tokens, los tokens no fungibles (NFT), además de campañas dedicadas a difundir whi