Viernes, 15 de mayo de 2026

Colombia restringiría venta visible de cigarrillos y vapeadores en comercios

Los comercios solo podrían informar precios y disponibilidad mediante listados sin fotografías, logotipos ni gráficos

Bogotá, 15-05-2026   Martín Olivera

Crédito foto: Martin Olivera (Composición/NotiPress)

La venta visible de cigarrillos y vapeadores entraría en una fase de control más estricta si avanza el proyecto regulatorio publicado por la autoridad de consumo. La medida apunta a retirar estos productos del alcance visual del público y limitar prácticas consideradas promoción indirecta.

Este 15 de mayo, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad colombiana de protección al consumidor, publicó un proyecto de Circular Externa para comentarios. El borrador propone derogar circulares de 2012 y actualizar instrucciones sobre tabaco, vapeadores, sucedáneos e imitadores.

Controles en tiendas y plataformas

Cada punto de venta físico tendría que almacenar cigarrillos, vapeadores y productos relacionados en espacios cerrados, fuera del alcance visual del público. También quedarían prohibidos el autoservicio, las vitrinas abiertas, las cajas rápidas, las máquinas expendedoras y los dispensadores mecánicos. Para precios y disponibilidad, los vendedores solo podrían usar listados de texto plano sin fotografías, logotipos ni elementos gráficos.

En comercio electrónico, las páginas web, aplicaciones, redes sociales y plataformas digitales no podrían mostrar imágenes de cigarrillos o dispositivos de vapeo. Las publicaciones tendrían que incluir una advertencia visible para mayores de 18 años y aplicar filtros antes de la compra. El proyecto exige doble verificación de edad, primero al ingresar al catálogo y luego antes de finalizar la transacción.

Motivos y entrada en vigor

La propuesta apunta principalmente a reducir la exposición de menores a marcas, empaques, sabores y diseños asociados con productos de nicotina. La autoridad sostiene que la visibilidad puede facilitar el acceso, incentivar compras y normalizar el consumo entre nuevos consumidores. Esta línea regulatoria también responde a decisiones judiciales previas sobre la frontera entre exhibición comercial y promoción del tabaco.

En 2016, el Consejo de Estado suspendió circulares anteriores de la Superintendencia por considerar que la exhibición visible podía constituir promoción. Ese antecedente dejó sin instrucciones actualizadas a comercios y plataformas sobre la forma de aplicar la prohibición publicitaria. El nuevo borrador propone cerrar ese vacío con reglas operativas para venta presencial, venta digital y entregas a domicilio.

La regulación también cubriría productos de tabaco calentado y nicotina oral, además del cigarrillo tradicional. Asimismo, cubriría Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, sistemas sin nicotina, sucedáneos, imitadores y dispositivos necesarios para su funcionamiento. En entregas a domicilio, las empresas deberían verificar el documento original del comprador y contrastar los datos registrados en la compra.

El receptor tendría que firmar una constancia de mayoría de edad antes de recibir el producto solicitado. Los domiciliarios, además, deberían reportar posibles intentos de entrega a menores de edad mediante mecanismos internos de aviso. De aprobarse, las nuevas instrucciones regirían un mes después de su publicación oficial.

Antes de esa etapa, ciudadanos, gremios, empresas, academia, proveedores y plataformas digitales podrán presentar comentarios al proyecto. La regulación quedaría en revisión pública antes de definir obligaciones finales para comercios físicos, plataformas digitales y servicios de entrega.

Cigarrillos  Vapeadores  Plataformas digitales 

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