Congreso mantiene el inicio del trabajo nocturno a las 7:00 p.m. en la reforma laboral

 02-10-2024
Patricia Manero
   
Portada | Colombia
Foto: Cámara de Representantes Colombia

Foto: Cámara de Representantes Colombia

La Cámara de Representantes de Colombia rechazó la propuesta para eliminar el artículo 13 del proyecto de reforma laboral, que modifica los horarios de trabajo diurno y nocturno. En la sesión del 2 de octubre de 2024, 74 congresistas votaron en contra de la eliminación del artículo que establece que la jornada nocturna comenzará a las 7:00 p. m. y la diurna a las 6:00 a. m. Esta medida impactará directamente en los recargos salariales por trabajo nocturno.

El artículo 13 ha sido uno de los puntos más debatidos, ya que se busca asegurar que los trabajadores que laboren en la noche reciban las compensaciones adecuadas por el horario extendido. Aunque existía una proposición para suprimirlo, el resultado de la votación consolidó su permanencia en la reforma. Otro artículo que se salvó de ser eliminado fue el artículo 17, aunque aún no se ha precisado su contenido.

La reforma laboral, impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, se encuentra en su segundo debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes. Este proyecto de ley tiene como objetivo central garantizar los derechos laborales de los empleados en línea con las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Hasta la fecha, se ha avanzado en la aprobación del 35% del contenido de la iniciativa.

En esta sesión, con 75 votos a favor y 10 en contra, se aprobaron una serie de artículos enfocados en promover una transición justa para los trabajadores, con especial atención a quienes laboran en modalidades de teletrabajo. Entre los artículos aprobados se destacan los siguientes:

  • Artículo 53: Establece políticas públicas de trabajo digno y decente para la transición justa y el empleo verde y azul.
  • Artículo 54: Incentivos para fomentar el empleo verde y azul.
  • Artículo 55: Formación orientada a la promoción de empleos sostenibles.
  • Artículo 56: Regula las modalidades de teletrabajo.
  • Artículo 57: Define el auxilio de conectividad para teletrabajadores.
  • Artículo 58: Garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores.
  • Artículo 59: Promueve diversas modalidades de trabajo a distancia.

El debate continúa en la Cámara, donde los congresistas seguirán evaluando los artículos restantes del proyecto de ley, que pretende modernizar las condiciones laborales en Colombia y alinearlas con los estándares internacionales.




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