Edomex endurece sanciones por acoso sexual y penaliza a funcionarios

 08-12-2025
Carlos Ortíz
   
Portada | Estado de México
Foto: Josue Díaz (NotiPress/Composición)

Foto: Josue Díaz (NotiPress/Composición)

El gobierno del Estado de México oficializó reforma al artículo 269 Bis del Código Penal local, fortaleciendo la persecución al acoso sexual, tras su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno. La medida permite que las víctimas puedan presentar denuncia por un solo acto y sanciona con cárcel e inhabilitación a servidores públicos que se nieguen a recibir o procesar estos casos.

Mediante el Decreto Número 216, la entidad se suma al Pacto Xicoténcatl, iniciativa nacional impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, cuyo objetivo es homologar las leyes de protección a las mujeres en todo el país. La modificación tiene como propósito evitar vacíos legales, aplicar una perspectiva de derechos humanos y garantizar que el delito no quede impune por omisión institucional.

El nuevo texto legal establece que incurre en acoso sexual "quien realice una conducta de naturaleza sexual no consentida a persona de cualquier sexo, que lesione su dignidad o que sea indeseable para quien la recibe". A partir de esta reforma, un solo acto será suficiente para presentar denuncia, eliminando el requisito previo de conductas reiteradas.

La ley también amplía el ámbito del delito al considerar el acoso en lugares públicos, instalaciones o vehículos destinados al transporte de pasajeros, como calles, mercados, terminales y sistemas de transporte público.

En cuanto a las sanciones, si el acto se comete de forma reiterada o aprovechando circunstancias de desventaja, indefensión o riesgo, la pena se incrementará hasta en una mitad. Asimismo, se establece que el servidor público que se niegue a recibir una denuncia o persuada a la víctima para no presentarla, podrá enfrentar entre dos y seis años de prisión, de 200 a 500 días de multa, además de la destitución e inhabilitación del cargo.

La reforma exige que la aplicación e interpretación de estas normas se realice con perspectiva de género y considerando el contexto de vulnerabilidad de las víctimas. Pese a estos avances legales, el Estado de México mantiene activa desde 2015 la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en 11 municipios: Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec, Ixtapaluca, Naucalpan, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla, Toluca, Tultitlán y Valle de Chalco.

En 2019, una segunda alerta fue decretada en siete de estos municipios por la desaparición de mujeres, niñas y adolescentes. A diez años de la primera declaratoria, no se han observado cambios sustanciales que permitan retirar esta clasificación a los municipios implicados.




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