Jueves, 25 de junio de 2026

Maltrato animal en Edomex tendrá multas y arresto de hasta 36 horas

Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal sanciona crueldad, malas condiciones de alojamiento y uso de seres sintientes en actos público

Estado de México, 25-06-2026   Patricia Manero

Crédito foto: Gobierno Edomex

El maltrato animal en el Estado de México podrá sancionarse con multas, trabajo comunitario, amonestaciones y arresto de hasta 36 horas, conforme a la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal. La norma también establece que la crueldad contra seres sintientes puede perseguirse de oficio, de acuerdo con el comunicado oficial del Gobierno mexiquense, fechado el 25 de junio de 2026.

En Toluca de Lerdo, la administración estatal informó que las sanciones aplicarán contra quienes incurran en crueldad, maltrato o coloquen a animales en condiciones inadecuadas de alojamiento, movilidad o higiene. El Congreso mexiquense aprobó esta ley para brindar protección a los animales como seres sintientes, asegurar la sanidad animal y la salud pública, además de elevar sanciones por maltrato.

La ley establece multas de 150 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente para actos de crueldad y maltrato animal. Con la UMA diaria de 2026, fijada por el INEGI en 117.31 pesos desde el 1 de febrero, ese rango equivale a 17 mil 596.5 y 35 mil 193 pesos.

Las condiciones inadecuadas también serán sancionadas cuando provoquen sed excesiva, hambre, desnutrición, miedo, angustia, dolor, lesiones o enfermedades. El comunicado añade que estas condiciones incluyen situaciones que impidan a los animales expresar pautas propias de comportamiento.

En esos casos, la sanción económica será de 25 a 30 veces el valor diario de la UMA vigente. Con el valor aplicable en 2026, el monto va de 2 mil 932.75 a 3 mil 519.3 pesos, además de arresto inconmutable de 36 horas, según la información difundida por el Gobierno estatal.

La norma castiga actos como causar la muerte de un animal mediante cualquier medio o instrumento que provoque agonía o sufrimiento innecesario. También sanciona el sacrificio humanitario realizado con métodos distintos a los previstos en normas oficiales mexicanas, así como actos u omisiones que causen dolor considerable o pongan en riesgo su vida, salud o bienestar.

Entre las conductas prohibidas se incluye usar seres sintientes en protestas, manifestaciones, plantones o actos análogos cuando esto provoque sufrimiento o maltrato. La ley también sanciona usar animales vivos como instrumento de entrenamiento para animales de guardia o ataque, o como medio para verificar su agresividad.

El ordenamiento prohíbe entregar gratuitamente, distribuir o vender seres sintientes vivos con fines de propaganda política. Esa restricción también aplica cuando se utilicen como premios en sorteos, juegos, concursos, rifas, loterías o actividades similares.

La entrada en vigor de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal fue reportada por medios estatales y nacionales durante junio de 2026. La Jornada informó que el ordenamiento fue promulgado tras su aprobación en el Congreso mexiquense y que incorpora obligaciones para autoridades estatales y municipales en materia de protección animal.

El comunicado estatal ubica estas medidas dentro de la política de protección animal del Gobierno encabezado por Delfina Gómez Álvarez. La aplicación de sanciones, multas y arrestos dependerá de las conductas previstas en la ley y de los procedimientos correspondientes para cada caso.

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