Cuáles son las multas por desperdiciar agua en Edomex

 27-03-2024
Juan Manuel Flores
   
Portada | Estado de México
Foto: Unsplash

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La Ley del Agua para el Estado de México (Edomex) y Municipios tipifica las infracciones relacionadas con el uso de agua y establece las sanciones asociadas a estas. Sin embargo, los gobiernos municipales tienen la facultad de endurecer multas y sanciones relacionadas con el uso de agua, a través del Bando Municipal. Recientemente, dada la escasez de agua en el Estado de México, Huixquilucan y Atizapán de Zaragoza reforzaron las multas por desperdicio de agua.

Dentro de la Ley del Agua para Edomex se establece, utilizar o aprovechar agua en volúmenes mayores a los autorizados en convenios de asignación corresponde a una multa que va de los 500 a los 3 mil UMAS (entre 54 mil y 320 mil pesos). Este mismo monto de infracción es aplicado cuando se altera sin permiso la infraestructura hidráulica concesionada o se instalan tomas clandestinas de agua, incluyendo suministrar agua para uso doméstico que no fue sometida a procesos de potabilización.

A su vez, el incumplimiento de las fracciones V, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XIV, XVII y XVIII, relacionadas principalmente con las obligaciones derivadas de título de concesión, como la instalación de medidores, van de las 10 a las 500 UMAS, (entre mil 84 y 54 mil pesos). Si bien, dichos estatutos son aplicables principalmente a concesiones comerciales, también son aplicables a las concesiones por uso doméstico.

En su caso, el gobierno de Huixquilucan hizo modificaciones en el Bando Municipal para endurecer las multas por desperdicio de agua, para la cual se tipificó esta acción como una infracción. "Es infracción contra la propiedad, desperdiciar ostensiblemente el agua o no cumplir con los requisitos, normas y condiciones de uso eficiente de la ley". Las multas por el desperdicio van de los 2 mil 117 hasta los 4 mil 342 pesos, e incluso arresto de 12 a 18 horas, según la gravedad de la falta. Por su parte, el gobierno de Atizapán de Zaragoza determinó penalizaciones de 24 a 36 horas de arresto y multas por 60 a 100 UMAS para quienes desperdicien el agua.

Cabe mencionar, las determinaciones de los Bandos Municipales son acordes a lo establecido por la Ley del Agua. Es decir, las multas por desperdicio de agua, modificación de infraestructura e instalación de tomas clandestinas son más duras que aquellas relacionadas con las obligaciones derivadas del título de concesión. Sin embargo, con las modificaciones a los estatutos relacionados con el desperdicio de agua, las sanciones de los gobiernos locales son casi 4 veces más altas que las del gobierno estatal.




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