Foto: Sergio Cara (NotiPress)
De acuerdo con Coral Moctezuma, gerente de la Asociación Nacional de la Industria de Suplementos Alimenticios (ANAISA), en 2017 se reconocieron los usos farmacéuticos e industriales del cannabis y cannabinoides en México. Sin embargo, en tema de alimentos el único método para comercializar de manera legal suplementos basados en cannabis depende de un amparo, práctica que ha incrementado en los últimos dos años. En ese sentido, emprendedores y empresas orientadas a la producción y comercialización de derivados del cannabis evaluaron la situación y futuro de esta planta en materia de regulación, principalmente en suplementos alimenticios.
La celebración virtual del Primer Foro Nacional de Cannabis, organizado por el Grupo Promotor de la industria de Cannabis (GPIC), contó con la participación de especialistas en temas de regulación y industria, así como acceso al equipo de NotiPress. Sonia Zamudio, fundadora y directora de Consultores en Desarrollo Empresarial (Grupo CDE), advirtió que en México la Ley Federal para la Regulación del Cannabis representa oportunidades para el mercado. Ello en tanto podría dar paso a considerar al cannabis como un producto natural seguro, y no solo en su calidad de estupefaciente establecida en el artículo 234 de la Ley General de Salud.
Elizabeth Díaz Bautista, CEO de Alianza Latinoamericana de Nutrición Responsable (ALANUR), dio a conocer la regulación de suplementos alimenticios en Latinoamérica y el uso de nuevos ingredientes. Según la experta, hay dos países principales donde se emplea la semilla de cáñamo, obtenida del cannabis, en los suplementos alimenticios. En Uruguay el decreto 19 del Reglamento Bromatológico Nacional permite el uso de la proteína contenida en dicha semilla para productos alimenticios solo si mantiene una concentración de 10 miligramos por kilogramo. Mientras en Ecuador la regulación autoriza los derivados de la semilla en alimentos procesados y complementos alimenticios.
Bautista agregó, la situación del cannabis en Ecuador se debe a que clasifican sus derivados en compuestos de aceite, resina, tinturas, extractos crudos, o cualquier desarrollo tecnológico obtenido del cáñamo. Resaltó la importancia de distinguir los suplementos alimenticios de otros productos alimenticios, y definir su estado de legislación. Los suplementos alimenticios se consideran productos que añaden algo a la dieta normal sin reemplazarla, cuya población principal son personas sanas. Se presentan como alimentos comunes y productos farmacéuticos de dosis orales; sin embargo funcionan como mantenimiento y optimización de un estado de salud previo, no para curar enfermedades.
Con respecto a la legislación, ALANUR comentó que el reconocimiento del cannabis como ingrediente de suplementos alimenticios sigue en desarrollo, pero desde un panorama más favorable. El comunicado oficial de la Cámara de Diputados sobre la Ley Federal para la Regulación del Cannabis establece que su objetivo es normar la producción y comercialización de cannabis y sus derivados. Por tal motivo los especialistas buscan el reconocimiento del cannabis bajo el artículo 215 de la Ley General de Salud, donde se reconocen los productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de fruta para su uso en la industria.
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