Ciudad de México,
Patricia Manero
Crédito foto: Gobierno de México
Tres reformas electorales entraron en vigor con cambios a la revisión de candidaturas, la nulidad de comicios por injerencia extranjera y el calendario de la elección del Poder Judicial. Los decretos modifican reglas para partidos políticos, autoridades electorales y procesos judiciales electivos.
En México, este 3 de junio de 2026, Luisa María Alcalde, titular de la Consejería Jurídica, explicó en la conferencia matutina, los decretos comenzaron a aplicarse tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 2 de junio. El índice oficial incluyó reformas constitucionales, una nueva causal de nulidad electoral por intervención extranjera y cambios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) sobre integridad en candidaturas.
El respaldo legislativo provino de Morena, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT), de acuerdo con los reportes legislativos de la discusión. En la Cámara de Diputados, la reforma constitucional sobre elección judicial e injerencia extranjera fue aprobada en lo general con 341 votos a favor, 124 en contra y cero abstenciones.
La revisión de candidaturas contempla la creación de una Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas dentro del Instituto Nacional Electoral (INE). De acuerdo con la Cámara de Diputados, esta comisión estará conformada por cinco consejeros electorales designados por el Consejo General del INE por un periodo de tres años.
Los partidos políticos y aspirantes independientes podrán entregar, de forma voluntaria, listados totales o parciales de personas que pretendan postular a cargos de elección popular. La comisión enviará esa información a autoridades de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y del sistema financiero para realizar análisis de riesgo sobre los perfiles.
La causal de nulidad electoral incorpora actos de intervención o injerencia extranjera cuando influyan en los resultados de procesos electorales federales o locales. El dictamen aprobado en comisión señala que la nulidad procederá cuando exista prueba plena y fehaciente, y cuando la conducta resulte grave, dolosa y determinante para el resultado de la elección.
La elección del Poder Judicial se trasladó de 2027 al domingo 4 de junio de 2028 en el ámbito federal y local. Presidencia informó previamente que ese proceso incluirá la elección de cuatro magistrados electorales de Sala Superior, 463 magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito, 385 jueces de Distrito, 424 magistrados locales y 2 mil 831 jueces en 25 entidades.
El proceso de selección judicial mantiene la participación de comités de evaluación vinculados con los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En convocatorias previas, cada Poder de la Unión instaló un Comité de Evaluación para elaborar listados de candidaturas a cargos judiciales, bajo requisitos establecidos en la Constitución y la legislación electoral.
La aplicación de los decretos deja tres efectos operativos: el INE contará con una instancia para revisar perfiles cuando reciba listados voluntarios, el Tribunal Electoral podrá valorar causales de nulidad por injerencia extranjera y la siguiente elección judicial de 2028 será organizada con ajustes a boletas electorales y calendarios electorales.