Foto: Gustavo Torres (NotiPress)
A partir del 1 de enero de 2025, entra en vigor la implementación obligatoria de la receta electrónica para la prescripción de medicamentos en todo el país, salvo en lugares remotos o sin conectividad. El Ministerio de Salud de la Nación informó que esta modalidad será la única vigente, tras un período de adaptación que permitió a provincias, farmacias y profesionales ajustarse a las nuevas plataformas digitales.
Actualmente, 17 provincias ya cuentan con legislación o adhesión a la normativa nacional sobre recetas electrónicas. Entre estas, 11 distritos como Chaco, Mendoza y Tucumán adoptaron el marco normativo nacional, mientras que Buenos Aires, CABA y Chubut, entre otras, operan bajo regímenes propios. Provincias como Córdoba y Santa Cruz adhieren a la norma, aunque aún no han legislado formalmente sobre el tema.
En zonas donde la implementación sea gradual o la conectividad sea limitada, seguirá siendo válida la receta en papel como medida de contingencia. Además, recetas emitidas en 2024 conservarán su validez mientras no expiren.
Detalles obligatorios en la receta electrónica
Para garantizar su validez, las recetas electrónicas deberán incluir:
- Datos del profesional prescriptor (nombre, matrícula, especialidad).
- Código de barras.
- Información del paciente (nombre, DNI, cobertura).
- Descripción del medicamento por nombre genérico, presentación y cantidad.
- Diagnóstico.
- Fecha de emisión.
- Firma digital del profesional.
Las recetas podrán ser emitidas mediante plataformas digitales autorizadas, que ofrecen acceso gratuito desde dispositivos móviles o tabletas. La receta electrónica permite mayor trazabilidad, optimiza la dispensa en farmacias y facilita el acceso del paciente a sus medicamentos. En caso de no poder adquirir todos los medicamentos en una farmacia, las guías oficiales contemplan la posibilidad de completar la compra en otra, anulando de la receta los productos ya dispensados.
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