Por decreto, la UIF ya no podrá querellar en causas de corrupción y lavado de dinero

 17-04-2025
Axel Olivares
   
Portada | Argentina
Foto: Gobierno Argentina

Foto: Gobierno Argentina

El Gobierno nacional publicó el Decreto 274/2025, mediante el cual se establece que la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo encargado del análisis, tratamiento y difusión de inteligencia para prevenir delitos en materia financiera y terrorismo, dejará de intervenir como querellante en causas relacionadas con corrupción y lavado de activos. Aunque jurídicamente no se le prohíbe esta participación, la medida marca un cambio en la política judicial del oficialismo, que busca acotar el papel de la UIF en los tribunales.

La disposición, firmada por el presidente Javier Milei, argumenta que la participación de la UIF como querellante es una particularidad casi exclusiva de Argentina y que, en comparación con otros países, no es una práctica común. Según el texto oficial, la intención es redefinir el papel del organismo bajo estándares más alineados con los sistemas globales de prevención y análisis financiero.

Asimismo, el decreto también introduce cambios estructurales significativos, incluyendo la reglamentación de la ley que dio origen a la UIF y la Ley de Inteligencia Nacional. Entre las modificaciones se redefine la estructura de competencias de la Agencia Federal de Ciberseguridad, organismo que ahora será presidido por su propio director, en lugar del extinto Ministerio de Modernización.

Uno de los cambios clave en el funcionamiento de la UIF es la incorporación de una nueva facultad: la posibilidad de intercambiar información con otros organismos de inteligencia o investigación, siempre que la UIF considere que los datos pueden ser útiles para el análisis de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o proliferación de armas de destrucción masiva. Esta información, de acuerdo con el artículo 22 de la ley, estará sujeta a secreto legal. En cuanto a sus funciones de análisis, el organismo también podrá usar la información recolectada para estudios estratégicos que permitan identificar patrones vinculados al crimen financiero y el terrorismo, además de su uso tradicional dentro de investigaciones específicas.

Por otro lado, se establece un nuevo régimen sancionatorio que permite a los sujetos obligados acceder a una suspensión del sumario administrativo a prueba en caso de incumplimientos, con la condición de reparar los daños al sistema preventivo de lavado de activos. Esta medida excluye a casas y agencias de cambio, y su aplicación será regulada por normativas adicionales dictadas por la UIF. En caso de cumplimiento, se extinguirá la acción sancionadora.

Estos cambios ocurren tras la reciente designación de Paul Starc al frente de la UIF, quien reemplazó a Ignacio Yacobucci hace cinco días. Starc es exesposo de María Eugenia Talerico, exfuncionaria del mismo organismo durante la administración de Mauricio Macri, figura cuestionada por miembros del actual oficialismo.

Finalmente, el decreto también modifica aspectos relacionados con el Comité de Ciberseguridad, creado en 2017. A partir de ahora, será presidido por el titular de la Agencia Federal de Ciberseguridad, que responde orgánicamente a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), entidad bajo la órbita del asesor presidencial Santiago Caputo.




DESCARGA LA NOTA  SÍGUENOS EN GOOGLE NEWS