Vencimientos en dólares explican la búsqueda de fondos externos, con garantías parciales y reglas legales previstas para posibles reclamos
El Tesoro argentino quedó habilitado para buscar hasta USD 5.000 millones en préstamos externos garantizados por organismos multilaterales. La decisión abre una vía de financiamiento en dólares y fija reglas para eventuales disputas con acreedores.
A través del Decreto 478/2026, publicado el 22 de junio de 2026, se habilitan operaciones con entidades financieras internacionales. El mecanismo prevé préstamos con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito, orientados a reducir el costo financiero del Tesoro Nacional.
La norma permite incluir cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales ubicados en Nueva York, Estados Unidos. También habilita la renuncia a invocar inmunidad de jurisdicción en reclamos vinculados con esos acuerdos de préstamo.
Aceptar tribunales de Nueva York implica que eventuales conflictos contractuales podrán discutirse fuera del sistema judicial argentino. Esa condición suele aparecer en operaciones financieras internacionales, donde los acreedores buscan reglas jurídicas previsibles para prestar fondos.
La decisión incide sobre la soberanía judicial porque limita el foro donde el Estado puede discutir esos contratos. No obstante, el decreto distingue entre inmunidad de jurisdicción e inmunidad de ejecución sobre bienes estatales.
Reservas y cuentas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) quedan excluidas de eventuales medidas de ejecución. También permanecen protegidos bienes del dominio público, activos diplomáticos, recursos militares, patrimonio cultural, impuestos y regalías adeudadas al Estado.
La disposición permite al Ministerio de Economía definir plazos, monedas, procedimientos y condiciones financieras de las operaciones. Además, queda facultado para designar bancos, agentes fiscales, agentes de pago, custodios y calificadoras de riesgo.
El pago de esta deuda corresponde al Estado nacional, mediante las partidas presupuestarias asignadas al servicio de deuda pública. El decreto indica que los gastos derivados serán imputados a la Jurisdicción 90, denominada Servicio de la Deuda Pública.
Para las cuentas públicas, la obligación implica afrontar capital, intereses, comisiones y gastos asociados. Esos compromisos se pagan con recursos públicos previstos en el presupuesto, bajo las condiciones pactadas en cada contrato.
El respaldo multilateral busca mejorar las condiciones frente a una emisión soberana tradicional en mercados internacionales. El Banco Mundial y la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones aprobaron garantías para movilizar hasta USD 2.000 millones en financiamiento comercial.
Dicho paquete cubre hasta 95% de los pagos del servicio de deuda del préstamo comercial respaldado. La operación contempla un plazo de seis años y un período de gracia de tres años, informó el Banco Mundial.
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aprobó otra garantía de hasta USD 550 millones para Argentina. Esa garantía permitirá movilizar USD 1.200 millones con financiamiento privado y mejorar el acceso del país a mercados de capital.
Los nuevos préstamos se vinculan con la necesidad de obtener dólares para afrontar vencimientos de deuda. La estructura combina financiamiento privado, respaldo de organismos multilaterales y contratos sujetos a reglas judiciales previstas en Nueva York.