Colombia frena los aranceles antes de que suba el costo de producir alimentos

 13-11-2025
Judith Moreno
   
Portada | Colombia
Foto: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Foto: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Para mitigar los riesgos asociados al encarecimiento de materias primas en el sector rural, el Gobierno nacional emitió el Decreto 1183 del 8 de noviembre de 2025. La norma fija un gravamen arancelario de 0% para la importación de 76 insumos agropecuarios utilizados en procesos agrícolas, pecuarios y pesqueros.

Esta disposición comenzó a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Su aplicación busca contribuir a la competitividad de la producción agroindustrial, garantizar el abastecimiento nacional y preservar la estabilidad de los precios relacionados con la seguridad alimentaria. Reemplaza las condiciones establecidas en el Decreto 809 de 2023, cuya vigencia finalizó el 25 de mayo de 2024.

Según el texto del decreto, el contexto económico actual exige medidas inmediatas que respalden las actividades productivas rurales. Se señala que "los insumos agropecuarios son esenciales para el desarrollo de las actividades agrícolas, pecuarias y pesqueras del territorio nacional".

La solicitud para mantener el arancel preferencial partió del Ministerio de Agricultura, que presentó el caso ante la Secretaría Técnica del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior. Este órgano recomendó ampliar la medida, incorporando también las subpartidas 3808.93.19.00 y 3808.93.99.00. Posteriormente, el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) respaldó la propuesta en sesión realizada el 1° de noviembre de 2024, y sugirió revisiones semestrales enfocadas en el comportamiento del índice de precios al productor.

Entre los productos cobijados se encuentran semillas frutales para siembra, festucas, fertilizantes fosfatados, sulfato de amonio, sustitutos lácteos para terneros y otros compuestos químicos de uso agrícola, clasificados bajo subpartidas sujetas al control del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

La regulación tendrá una vigencia inicial de un año, contada desde su entrada en efecto. El Comité de Asuntos Aduaneros evaluará anualmente la continuidad de este beneficio, con base en los resultados observados en los sectores involucrados.

Tras su aprobación, el decreto modificó parcialmente el artículo 10 del Decreto 1881 de 2021. Una vez finalizado el plazo de aplicación, se restablecerán automáticamente los aranceles previamente establecidos, salvo que se emita una nueva norma que extienda el beneficio.

Las firmas del presidente Gustavo Petro, del ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, y de la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, oficializan la expedición del Decreto 1183 de 2025.




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