Colombia ordena protocolo para prevenir y sancionar "matoneo" en instituciones policiales

 23-08-2024
Axel Olivares
   
Portada | Colombia
Foto: Sergio F Cara (NotiPress/Composición)

Foto: Sergio F Cara (NotiPress/Composición)

Luego de una denuncia contra la Dirección de Educación Policial (DIEPO) y de una escuela de formación de la Policía Nacional, la Corte Constitucional ordenó la creación de un protocolo para prevenir, investigar y sancionar el llamado "matoneo" en las instituciones educativas policiales. La orden tiene lugar después de que las autoridades judiciales consideraran que la Policía no investigó de manera seria y rigurosa las denuncias relacionadas al acoso escolar, la violencia psicológica y de género.

Paola, una estudiante del centro educativo de la Policía Nacional, denunció haber sido objeto de burlas, humillación pública, estigmatización, acoso verbal y maltrato físico. Incluso acusó a sus compañeros y hasta algunos de sus superiores por difundir rumores sobre una supuesta relación sentimental entre ella y un intendente. La presión, producto del trato degradante, la llevaron a pedir el retiro de la institución educativa.

Tres días después, desistió de la solicitud de retiro, pero el comité académico negó su desistimiento. Al ver que algunas de las personas quienes forman parte del comité habían participado del acoso, Paola acudió a la Justicia.

Una vez presentada la denuncia, la Sala Novena de Revisión aseguró que la escuela policial y la Dirección de Educación Policial (DIEPO) vulneraron los derechos de Paola. Tal consideración estuvo basada en la falta de una ruta de investigación y eventual sanción respecto de las conductas denunciadas por la estudiante, como también, en la desestimación de las quejas de acoso y discriminación.

Por otra parte, la Sala señaló la falta de imparcialidad dentro del comité teniendo en cuenta que la denunciante acusó a algunos de sus miembros como partícipes del "matoneo". A su vez, las autoridades judiciales consideraron que la institución no garantizó un escenario adecuado para que la denunciante pudiera presentar sus argumentos, exponer los hechos que alegaba o las pruebas en las cuales se basaban sus denuncias.

En efecto, la Sala aseguró que el caso se trata de "una violencia psicológica en contra de una estudiante, ejercida al parecer por sus compañeras y superiores y fundamentada en una afirmación que refleja un fuerte sesgo de género. Ello, en la medida en que se cuestiona particularmente a la mujer por una conducta cuya sanción social (en contextos machistas) es más fuerte para ellas que para los hombres".

A partir de este fundamento, la Corte dejó sin efectos el procedimiento de la DIEPO y del instituto el cual retiró a Paola del sistema educativo. En su lugar, las autoridades ordenaron la reintegración de Paola al programa que venía cursando dándole la oportunidad de cambiar de escuela.

De igual modo, las entidades educativas deberán ofrecerle una disculpa formal a la estudiante por los errores en los mecanismos institucionales de prevención y sanción al bullying y a la violencia de género. Al mismo tiempo, la Sala le ordenó al DIEPO garantizar atención psicológica a la denunciante e iniciar una investigación por los hechos ocurridos.

Frente a este desafortunado evento, la Corte ordenó la creación de un protocolo para fortalecer la prevención, investigación y sanción del acoso, el matoneo y la discriminación por razones de género en los centros educativos policiales. Este protocolo debe constituirse de forma participativa y basarse en un diagnóstico institucional con enfoque de género.




DESCARGA LA NOTA  SÍGUENOS EN GOOGLE NEWS