Jueves, 04 de diciembre de 2025

Regulan alocuciones presidenciales en Colombia y desata controversia por posible censura

Petro denuncia que decisión de la CRC vulnera derecho a la libertad de expresión del Ejecutivo

Bogotá, 17-10-2025   Patricia Manero

Crédito foto: Ovidio González - Presidencia

Una decisión de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) de Colombia, que negó una alocución presidencial solicitada por el Ejecutivo, ha generado un fuerte pronunciamiento del presidente Gustavo Petro. El mandatario calificó la medida como una "censura previa" y aseguró que se está vulnerando un derecho constitucional del jefe de Estado a comunicarse con la nación a través de medios públicos y privados.

En entrevista con el Sistema de Medios Públicos RTVC, emitida el 16 de octubre de 2025 desde Bogotá, el mandatario afirmó: "Estoy aquí en calidad de censurado, porque no puedo hablar en una alocución, que es una palabra legal". Agregó que "no están censurando solamente a la persona, sino a 11 millones y medio de colombianos".

El presidente argumentó que los canales privados de televisión utilizan el espectro electromagnético, el cual pertenece al Estado y cuya concesión está sujeta a contratos que permiten su uso por parte del Ejecutivo cuando se considere necesario. "Lo que son los canales privados son concesionarios, son contratistas del Estado", explicó.

El conflicto surge a raíz de una tutela fallada por el Consejo de Estado, que impone límites a las alocuciones presidenciales. Según el mandatario, la CRC basó su negativa en esta decisión, a pesar de que el Gobierno "pidió una aclaración" y, en consecuencia, "no hay aplicación de la decisión del tribunal".

Petro insistió en que la alocución presidencial está contemplada en la Constitución y que "no se requiere un desastre natural para que haya urgencia". Citó la sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional, la cual define la alocución como "un instrumento legítimo de comunicación institucional, siempre que no se utilice con fines proselitistas".

Además, recordó que la Corte, en la sentencia T-391 de 2007, estableció que "la censura previa está prohibida de tal forma que cualquier regulación estatal o decisión de un funcionario del Estado que constituya censura implica, ipso jure, una violación del derecho a la libertad de expresión".

El presidente enfatizó que la negativa de la CRC representa una interferencia inconstitucional en las funciones del Ejecutivo. "La censura previa no puede ser tomada por ningún organismo administrativo contra las funciones del Ejecutivo, porque entonces le quita las funciones al Ejecutivo. Eso se llama golpe de Estado", declaró.

Uno de los temas que el presidente pretendía abordar en la alocución negada era la "desertificación que hace los Estados Unidos a Colombia, sobre la base de unos estudios de cultivos de hoja de coca […] que encontramos estaban mal hechos", lo que, en sus palabras, tiene implicaciones diplomáticas y políticas inmediatas.

Petro también afirmó que ni él ni su gobierno tienen control sobre la CRC: "Yo nunca he podido tener un delegado en la CRC".

La controversia ha puesto en el centro del debate el alcance de las facultades del Ejecutivo frente a los entes reguladores y el equilibrio entre libertad de expresión y control institucional en los medios de comunicación en Colombia.

Gustavo Petro  Censura  Medios de comunicación 

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