Ciudad de México,
Patricia Manero y Navila Phillips
Crédito foto: Sergio F Cara (NotiPress)
Durante el 7 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. A través de su cuenta oficial de Twitter, la SCJN indicó, "Por primera vez, la Corte se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales". A raíz de esto, el conductor del informativo Matutino Express para el canal de noticias FOROtv de Televisa y la tercera emisión de noticias de Imagen 90.5 Esteban Arce, comparó el aborto con un ritual "azteca". Corroborado, unidad de fact checking de NotiPress, encontró insostenible tal afirmación.
Contextualizando, Gabriel Guerra Castellanos, analista mexicano experto en temas de política internacional y nacional reconocido dentro de "Los 300 líderes más influyentes de México" por la Revista Líderes, indicó en un tweet: "Lo sucedido hoy en la @SCJN es histórico. Un paso importantísimo para que las mujeres en México puedan decidir con libertad". Ante esto, Arce contestó en su cuenta personal de la red social: "´un paso importante´ para terminar con la vida de mexicanas y mexicanos en gestación. Gran avance sin duda considerando que hace 500 años los aztecas hacían lo mismo, solo cambió el ritual y la deidad, la matanza igual".
En este sentido, Guerra Castellanos contestó: "El aborto nunca ha dejado de existir por el hecho de estar penado, Esteban. Lo único que sucede cuando se criminaliza es que las mujeres recurren a métodos caseros o a clínicas clandestinas que operan en condiciones insalubres [...]".
Aunque Arce no especifica a qué ritual "azteca" se refiere, las diferentes interpretaciones coinciden en que el comunicador podría estar comparando el aborto con los sacrificios humanos llevados a cabo en Mesoamérica. Esto es insostenible, en primer lugar por el componente ritual del sacrificio, y en segundo porque el aborto no es un asesinato ni un sacrificio, sino una cuestión de salud pública.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece, todas las personas tienen el derecho a decidir de manera libre y responsable, "sin discriminación, coerción ni violencia" el número de hijos que desea tener. De esta manera, la autoridad indica que el acceso al aborto provocado seguro protege la salud de las mujeres, niñas, personas gestantes y los derechos humanos.
De acuerdo con Amnistía Internacional, el aborto es una necesidad básica de atención de la salud para millones de mujeres y personas gestantes, por tanto, es insostenible calificarlo como "ritual". Aunado a esto, el Instituto Guttmacher indicó en un estudio publicado en la revista Lancet Global Health en julio de 2020, en el lapso de 2015 y 2019 se registraron 121 millones de embarazos no deseados, y de estos, el 61 por ciento terminó en aborto. De esta manera, estas cifras se traducen en 73 millones de abortos al año.
El estudio titulado "Embarazo no planeado y aborto por ingresos, región y situación legal del aborto: estimaciones de un modelo integral para 1990-2019" indica, en regiones donde la interrupción del embarazo es ampliamente legal, las tasas de aborto disminuyeron. De hecho, asegura el estudio, durante las últimas tres décadas, los embarazos no deseados que terminan en aborto aumentaron en países donde existen más restricciones legales y donde es difícil acceder a educación sexual y reproductiva.
Asimismo, la OMS en su informe "Aborto sin riesgos: guía técnica y de políticas para sistemas de salud" asegura que cada año se realizan 22 millones de abortos de forma insegura, produciendo la muerte de alrededor de 47 mil mujeres. De igual manera, la necesidad de realizarse una interrupción del embarazo de manera clandestina provoca anualmente discapacidades a 5 millones de mujeres.
Dicho informe indica, esas muertes y discapacidades podrían evitarse a través de "la educación sexual, la planificación familiar y el acceso al aborto inducido de forma legal y sin riesgos, y a la atención de las complicaciones del aborto". De esta manera, queda constatado la necesidad de ver al aborto como un tema de salud pública.
Como añadidura, la SCJN también invalidó el artículo 224, fracción II, del Código Penal local referente al delito de violación. En este sentido, se declaró como inconstitucional y discriminatoria la imposición de una pena menor cuando el abuso sexual es perpetuado por un cónyuge, concubino(a) o pareja civil. Así también, se decidió extender la invalidez del artículo 199 que limitaba el aborto hasta las doce semanas en caso de violación sexual, inseminación o implantación artificial. Por tanto, ya no se criminalizará a personal sanitario que asista abortos voluntarios con estas características.
Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, declaró en Twitter: "Día histórico para todas las mujeres, sobre todo para las más vulnerables. Se termina de tajo con la injusta criminalización de la mujer. Nunca más una mujer en prisión por ejercer sus derechos".
Bajo este criterio, la Suprema Corte determinó que todos los jueces de México, tanto federales como locales, deberán considerar inconstitucionales las normas penales de entidades que criminalicen el aborto. En este sentido, los casos por resolver no podrán criminalizar la interrupción de un embarazo en un periodo cercano a la implantación. En conclusión, debido a la falta de sustento en la declaración, el equipo de Corroborado etiqueta como insostenible los dichos expresados por el conductor Esteban Arce.