Ciudad de México,
Patricia Manero
Crédito foto: Pedro Basilio (NotiPress)
De acuerdo con datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en 2019 se cancelaron 49 mil sellos digitales, 10 por ciento más que los 45 mil cancelados en 2018. Asimismo, desde 2014, el SAT ha cancelado más de 254 mil sellos a personas físicas y morales, generando problemas a las pequeñas y medianas empresas (pymes) de México. En términos más claros, la cancelación de los sellos digitales significa que las pymes o negocios en cuestión no podrán emitir facturar, dificultando sus operaciones.
El órgano regulador indicó, estas cancelaciones sucedieron debido a que los contribuyentes cayeron en los supuestos del artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación (CFF). Según este artículo, el SAT puede cancelar los sellos digitales si no encuentra al contribuyente en su domicilio fiscal durante sus facultades de comprobación. Asimismo, pueden cancelarse si durante el procedimiento administrativo de ejecución tampoco logra localizarlo.
Por otro lado, el artículo 17-H establece la cancelación definitiva de los sellos digitales cuando el contribuyente cometió delitos tales como contrabando, fraude fiscal o si es cómplice de algún delito fiscal. De igual forma, la cancelación se llevará a cabo cuando el contribuyente no presente tres declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas. Se podrán cancelar los sellos de los contribuyentes en las listas negras de empresas fantasma y cuando los ingresos declarados e impuestos retenidos no concuerden con los comprobantes y expedientes del SAT.
"Son tantas las causales por la que el Servicio de Atención Tributaria puede cancelar sellos digitales, que ya hemos perdido la cuenta", afirmó la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX). En este sentido, dicha federación considera que la cancelación de los sellos digitales es uno de los procesos más agresivos del SAT.
A partir de la Miscelánea Fiscal 2020, la cancelación de sellos digitales se reforzó para aumentar la recaudación fiscal en México. Esta medida del SAT se vio como punitiva entre las pymes mexicanas, pues se traduce en inoperatividad empresarial. Al impedir realizar la facturación que ampara las actividades de bienes o servicios, las pymes no tienen posibilidad de generar ingresos ni deducir impuestos.
La COPARMEX señaló que estas herramientas fiscales "agresivas" podrían disuadir a los contribuyentes de poner en orden sus operaciones fiscales, aceptando acuerdos de corrección improcedentes con tal de seguir operando. "Contribuyentes ajenos a estas prácticas [simular operaciones] se ven involucrados involuntariamente en operaciones con empresas, que por razones desafortunadas, resultan enlistadas", indicó.
No obstante, no todo está perdido aún cuando cancelaron los sellos digitales de alguna pyme en México. En función de subsanar las irregularidades que manifiesta el SAT, las pymes podrán aportar la documentación necesaria que compruebe sus operaciones legales. Entre los recursos que podrán usar las pymes para recuperar sus sellos se encuentran la demanda de nulidad, así como un juicio de amparo, presentadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.