La Corte falla a favor de Petro en el caso iniciado por el CNE

 27-06-2025
Martín Olivera
   
Portada | Colombia
Foto: Presidencia Colombia

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El fallo de la Corte Constitucional de Colombia favoreció al presidente Gustavo Petro y anuló la investigación en su contra iniciada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), en el contexto de la campaña presidencial de 2022. Esta decisión determina que el CNE no es competente para investigar al mandatario por presunta violación de topes de financiación.

Dicho pronunciamiento fue adoptado en la Sala Plena del alto tribunal, que respaldó la ponencia presentada por el magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de la Presidencia. La decisión establece que la única autoridad facultada para investigar al presidente de la República es la Cámara de Representantes.

"DECLARAR que la Cámara de Representantes es la autoridad competente para asumir la investigación respecto del ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de Presidente de la República," dictaminó la Corte. Este procedimiento está vinculado con la financiación e informes de gastos de las campañas interpartidista y presidenciales de 2022 de la coalición Pacto Histórico.

Esta sentencia también deja sin efectos una decisión previa del Consejo de Estado, que resolvía un conflicto de competencias entre el CNE y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. Según el fallo, el CNE puede investigar a partidos, movimientos y miembros de campañas del Pacto Histórico, "con excepción del candidato y hoy presidente de la República Gustavo Francisco Petro".

Desde la Corte ordenaron al CNE remitir a la Cámara, en cinco días hábiles, todas las actuaciones adelantadas en la investigación por presuntas irregularidades en la campaña "Petro Presidente 2022". De igual forma, el tribunal levantó las medidas provisionales de suspensión del proceso, lo que reactiva los términos legales de la investigación.

Votaron a favor de la decisión los magistrados Vladimir Fernández, Juan Carlos González, Carolina Ramírez (magistrada auxiliar), Natalia Ángel y Miguel Polo. En contra, salvaron voto los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, José Fernando Reyes Cuartas, Paola Andrea Meneses Mosquera y Lina Marcela Escobar Martínez.

El fallo responde a una demanda interpuesta por la defensa de Petro, luego de que el CNE lo acusara de superar los límites legales de financiación en más de cinco mil millones de pesos. También estaba acusado de recibir aportes de personas jurídicas, lo cual está prohibido por la ley electoral. La Corte, sin pronunciarse sobre el fondo de las acusaciones, reafirmó el fuero presidencial como límite de competencia institucional.




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