
Foto: Senado de Colombia
Durante el cuarto y último debate en el Senado de la República, se aprobaron 57 artículos del proyecto de reforma laboral. La votación se llevó a cabo en sesiones celebradas entre el 11 y el 12 de junio. Según información oficial, un artículo fue rechazado y aún restan 19 por ser votados el lunes 16 de junio.
El proceso legislativo se reanudó el 11 de junio con la aprobación de los primeros 17 artículos. Estos fueron aprobados con 85 votos a favor y 5 en contra. Entre ellos se encuentran los artículos 8, 22, 24, 26, 27, 28, 30, 31, 43, 44, 52, 58, 59, 67, 69, 72 y 73. Según el texto oficial, el artículo 22 establece "medidas en contra de la discriminación y la estigmatización laboral a personas reintegradas y reincorporadas en el marco del conflicto armado".
Al día siguiente, se realizó una nueva sesión en la que se aprobó un segundo bloque de 22 artículos con 83 votos por el sí y 5 por el no. Estos incluyeron los artículos 1, 3, 4, 10, 18, 20, 32, 33, 34, 35, 41, 42, 46, 50, 51, 53, 55, 56, 57, 65, 70 y 71. De acuerdo con el registro, estos artículos se enfocan en actualizar el Código Sustantivo del Trabajo y abordar cuestiones laborales de sectores específicos como el periodismo y la migración.
Posteriormente, se sometieron a votación individual los artículos restantes, debido a proposiciones de modificación presentadas por los senadores. En esta etapa fueron aprobados los artículos 2, 5, 6, 7, 13, 14, 16, 19, 21, 29, 36, 39, 40, 45, 47, 48, 49 y 60. En su conjunto, tratan temas como los contratos laborales a término fijo, horas suplementarias y condiciones especiales para empleadores.
El artículo 17 fue el único rechazado hasta el momento. Fue hundido con 31 votos a favor y 61 en contra. Según el documento, esta disposición proponía "adicionar una prima legal por crecimiento económico del empleador".
Uno de los artículos destacados es el 24, el cual establece que "los estudiantes de medicina recibirán remuneración mensual que no podrá ser inferior a un salario mínimo durante el tiempo que dura el Internado Obligatorio Rotatorio". Por otro lado, el artículo 30 señala que se "creará un sistema de registro de inscripción de las empresas de plataformas digitales ante el Ministerio del Trabajo".
Asimismo, el artículo 58 indica que se fijarán "garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores cuando el contrato de trabajo se haya celebrado en el territorio colombiano".
El artículo 73 estipula que las disposiciones aprobadas entrarán en vigor doce meses después de que el Gobierno nacional cumpla con las obligaciones de reglamentación e implementación.
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